Por Decreto del Ejecutivo del Estado, el día 3 de abril de 2001, se crea el organismo público descentralizado de carácter estatal denominado Sistema de Autopistas, Aeropuertos, Servicios Conexos y Auxiliares del Estado de México, con personalidad jurídica y patrimonio propios.
El Sistema de Autopistas, Aeropuertos, Servicios Conexos y Auxiliares del Estado de México (SAASCAEM) se encuentra sectorizado a la Secretaría de Comunicaciones.
EL SAASCAEM TIENE COMO OBJETIVO:
I. Proyectar, construir, operar, administrar, rehabilitar y conservar, por sí o por terceros, mediante concesiones o contratos, según sea el caso, en términos de las disposiciones aplicables, las vialidades de cuota, servicios conexos y auxiliares existentes en territorio estatal, así como las que en lo futuro se construyan;
II. Coordinar los programas y acciones relacionados con el concesionamiento de vialidades de cuota, servicios conexos y auxiliares;
III. Coadyuvar en la ejecución del Programa de Modernización de la Infraestructura Carretera del Estado;
IV. Promover el establecimiento de un sistema maestro de vialidades de cuota, servicios conexos y auxiliares concesionados o financiados por terceros, según sea el caso, a fin de integrar las regiones socioeconómicas de la entidad;
V. Fomentar la construcción, operación, rehabilitación, modernización y conservación de vialidades de cuota, servicios conexos y auxiliares estatales con el sector privado;
VI. Realizar estudios que sustenten las solicitudes ante el Gobierno Federal para obtener concesiones para la administración, operación, explotación y, en su caso, construcción de aeropuertos; y
VIl. Proponer las tarifas y sus ajustes, en vialidades de cuota y los servicios mencionados, en términos de los estudios que para tal efecto realice.
Para el cumplimiento de su objeto, el Sistema tiene las atribuciones siguientes:
I. Proponer políticas, programas, proyectos y acciones para el diseño, construcción, administración, rehabilitación y mantenimiento de vialidades de cuota, servicios conexos y auxiliares estatales;
II. Ejecutar los planes y proyectos de obras de construcción, ampliación, rehabilitación y mantenimiento de las vialidades de cuota, de los servicios conexos y auxiliares;
III. Promover y fomentar la participación de la iniciativa privada bajo el régimen de concesiones o financiamiento de terceros, en la construcción, administración, operación, mantenimiento, rehabilitación y conservación de vialidades de cuota, servicios conexos y auxiliares estatales, conforme a las disposiciones en la materia;
IV. Coordinar y supervisar el cumplimiento de las acciones y programas administrativos, financieros y técnicos derivados de los concesionamientos o contrataciones que se realicen;
V. Supervisar la correcta aplicación de las tarifas autorizadas por la Secretaría de Comunicaciones;
VI. Supervisar el cumplimiento de las obligaciones y condiciones establecidas en los títulos de concesión respectivos e informar a la Secretaría de Comunicaciones, sobre las irregularidades detectadas, en su caso, sometiendo a su consideración las sanciones correspondientes;
VII. Proponer a la Secretaría de Comunicaciones la procedencia de la ampliación, cancelación, terminación, rescisión, revocación y reversión de las concesiones y contratos, según sea el caso;
VIII. Informar a la Secretaría de Comunicaciones sobre la caducidad de concesiones;
IX. Presentar a la consideración de la Secretaría de Comunicaciones, conforme a las disposiciones aplicables, proyectos sustentados de otorgamiento o ampliación de concesiones o contratos para la construcción, administración, operación, rehabilitación, mantenimiento y conservación de vialidades de cuota, servicios conexos y auxiliares, según sea el caso;
X. Conocer de los procedimientos administrativos derivados del objeto del Sistema para emitir su opinión a la Secretaría de Comunicaciones;
XI. Contratar financiamiento, empréstitos y créditos con cargo a su patrimonio, para el cumplimiento de su objeto, en términos de las disposiciones legales aplicables;
XII. Realizar estudios e investigaciones que permitan establecer un sistema maestro de vialidades de cuota que integren las regiones socioeconómicas de la entidad;
XIII. Establecer el Registro Estatal de Vialidades de Cuota, Servicios Conexos y Auxiliares;
XIV. Efectuar investigaciones y estudios que permitan al Gobierno del Estado sustentar las solicitudes de concesiones ante las autoridades federales para la administración, operación, explotación y, en su caso, construcción de aeropuertos en territorio estatal; y
XV. Las demás que sean necesarias para el cumplimiento de su objeto.